Agregan requisito para aspirantes a diputados
- Habrá sanciones para quien no acuda a debates electorales
Zacatecas | Redacción
Con el objetivo de que quienes busquen obtener una diputación local no aprovechen ni utilicen los espacios públicos en los que trabajen como una forma de facilitar sus aspiraciones, este martes se propuso agregar un requisito más para las y los interesados en contender por una curul en la legislatura del estado.
Los diputados Héctor Menchaca Medrano, Jesús Padilla Estrada y Gabriela Pinedo Morales plantearon añadir una fracción al artículo 53 de la Constitución Política del estado para que se establezca como requisito para ser diputado el “no ser titular o integrante de algunos de los organismos a los que esta Constitución otorga autonomía, habiéndose separado del cargo un año antes de la elección”.
Los promoventes destacaron que con esta modificación “no se trata de violentar el derecho de los ciudadanos de votar y ser votados, lo que se pretende es que quienes tengan aspiraciones políticas, primero, cumplan con sus responsabilidades y, segundo, se separen de sus cargos con antelación, legitimando ante la ciudadanía la credibilidad de las instituciones a las que representaron”.
Por otro lado y reconociendo la importancia de que la sociedad tenga derecho a escuchar las ideas, propuestas y posturas de quienes aspiran a gobernar o a representarles en el Poder Legislativo, la diputada Mónica Leticia Flores Mendoza propuso ante el Pleno reformar la Ley Electoral del Estado de Zacatecas con la finalidad de sancionar a los aspirantes a algún puesto de elección popular que no acudan a los debates que se programen en la época de las campañas electorales.
La legisladora se dijo convencida de que no hay democracia sin debate y de la importancia de que las y los diputados de la LXIII Legislatura sienten las bases normativas para el progreso jurídico y electoral del estado, por lo que planteó establecer en la legislación que “al candidato o candidata que no asistiese a los debates obligatorios le corresponderá una sanción que podrá ir desde una amonestación o apercibimiento hasta una multa que defina el Consejo General” del Instituto Electoral de la entidad.